La distancia mínima VTC ha sido, durante casi una década, uno de los frentes de batalla regulatorios más intensos del sector del transporte con conductor en España. Comunidades autónomas y ayuntamientos han intentado imponer restricciones de distancia, tiempo de precontratación o recorrido mínimo para diferenciar el servicio VTC del taxi, y los tribunales —desde los Tribunales Superiores de Justicia hasta el Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea— han ido dictando sentencias que han anulado, matizado o, en algunos casos, avalado parcialmente estas normas. Este artículo repasa el estado actual de la jurisprudencia, comunidad por comunidad, y explica qué implica para las licencias VTC operativas en 2026.
Qué es la distancia mínima o el tiempo de precontratación VTC
El concepto de «distancia mínima» o «precontratación» surgió como mecanismo legal para evitar que los vehículos VTC compitieran de forma directa con el taxi captando viajeros en la vía pública, algo que la ley reserva en exclusiva a las licencias de taxi. En la práctica, distintas normativas autonómicas han impuesto obligaciones como:
- Un tiempo mínimo de antelación (por ejemplo, 15 minutos) entre la contratación del servicio y la recogida del cliente.
- Prohibición de circular en vacío o de estacionar a la espera de clientes en una zona geográfica delimitada.
- Obligación de que el vehículo regrese a su base o cochera tras cada servicio antes de aceptar uno nuevo.
- Restricciones específicas para servicios urbanos frente a los interurbanos.
Estas medidas, introducidas sobre todo a raíz del Real Decreto 1057/2015 y de decretos autonómicos posteriores, han sido recurridas sistemáticamente por las plataformas y asociaciones del sector VTC por considerarlas restricciones desproporcionadas a la libertad de empresa y a la libre competencia.
El origen normativo: la reforma de la LOTT y los decretos autonómicos
Tras la reforma de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) en 2018, que traspasó a las comunidades autónomas la competencia para regular determinados aspectos del transporte urbano e interurbano de viajeros, varias regiones aprobaron decretos que incluían requisitos de precontratación. Cataluña, Baleares, la Comunidad Valenciana y Canarias fueron algunas de las administraciones más activas en este terreno, cada una con fórmulas distintas pero con un objetivo común: limitar la operativa de los VTC en favor del taxi.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo ha sido el árbitro final en numerosos litigios sobre esta materia. En sus resoluciones más relevantes de los últimos años, el Alto Tribunal ha fijado varios criterios que han condicionado la validez de las normas autonómicas y locales:
- Las restricciones deben estar justificadas por razones de interés general (movilidad, medio ambiente, ordenación del tráfico) y no pueden tener como único fin proteger a un sector frente a otro.
- El principio de proporcionalidad exige que la medida sea idónea, necesaria y no exceda de lo imprescindible para lograr su objetivo.
- Una limitación que en la práctica hace inviable el modelo de negocio VTC (por ejemplo, tiempos de espera excesivos que impiden la inmediatez del servicio) puede considerarse contraria a la libre competencia.
El Tribunal Supremo ha anulado en distintas sentencias preceptos concretos de reglamentos municipales y autonómicos que imponían tiempos de precontratación superiores a los razonables, al entender que no superaban el juicio de proporcionalidad exigido por la normativa de garantía de la unidad de mercado y por la Directiva de Servicios.
El papel de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC)
La CNMC ha actuado de forma recurrente como parte impugnante ante estas normas, presentando recursos contencioso-administrativos contra decretos autonómicos y ordenanzas municipales que, a su juicio, vulneran la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado. Sus informes han sido citados de forma reiterada por los tribunales como fundamento técnico para declarar la nulidad de determinadas restricciones de distancia y tiempo mínimo.
Sentencias destacadas de los Tribunales Superiores de Justicia
A nivel autonómico, los TSJ han dictado un número considerable de sentencias sobre esta cuestión, con resultados dispares según el territorio:
- Cataluña: el TSJ de Cataluña anuló varios preceptos del decreto que regulaba la precontratación mínima de 15 minutos, al considerar que la medida no estaba suficientemente motivada desde el punto de vista de la necesidad y proporcionalidad.
- Comunidad Valenciana: se han producido pronunciamientos que matizan la aplicación de la distancia mínima entre la contratación y la prestación efectiva del servicio, exigiendo a la administración autonómica una justificación técnica más sólida.
- Baleares: los tribunales han revisado las obligaciones de retorno a cochera y las restricciones de circulación en vacío, anulando aquellas disposiciones que se consideraron excesivamente gravosas para la actividad VTC sin una base objetiva suficiente.
En general, la tendencia jurisprudencial ha sido favorable a flexibilizar o anular las restricciones más rígidas, aunque no de forma absoluta: algunos tribunales han mantenido determinadas limitaciones cuando la administración ha logrado acreditar, con estudios de movilidad y datos objetivos, la necesidad real de la medida.
El papel del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
El derecho comunitario también ha influido decisivamente en esta materia. El TJUE ha recordado en varias ocasiones que las restricciones al acceso y ejercicio de actividades de transporte deben respetar los principios de la Directiva de Servicios y del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en particular la libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios. Cuando una norma nacional o autonómica limita de forma desproporcionada la actividad VTC, sin que exista una razón imperiosa de interés general debidamente acreditada, dicha norma puede resultar contraria al derecho de la Unión, lo que ha servido de argumento adicional para los recursos presentados ante los tribunales españoles.
Qué significa esta evolución para las licencias VTC en la práctica
Para los titulares de licencias VTC, la sucesión de sentencias tiene consecuencias muy concretas:
- La normativa aplicable puede variar según la comunidad autónoma e incluso según el municipio, por lo que conviene revisar periódicamente el marco vigente en cada zona de operación.
- Una sentencia que anula una restricción no siempre tiene efectos inmediatos generalizados: en ocasiones afecta solo al precepto concreto impugnado, y la administración puede reformular la norma para intentar salvar el reproche de proporcionalidad.
- Es recomendable documentar y conservar los términos exactos de cada contratación (hora de solicitud, hora de recogida) para poder acreditar el cumplimiento de la normativa vigente en caso de inspección.
- Las asociaciones sectoriales continúan litigando activamente, por lo que es previsible que sigan produciéndose nuevos pronunciamientos en los próximos años.
Dado el carácter cambiante y fragmentado de esta materia, muchas empresas del sector optan por apoyarse en informes jurídico-empresariales especializados que analicen la situación normativa concreta de cada comunidad autónoma antes de definir su operativa comercial, especialmente cuando se plantea la expansión a nuevos territorios.
Perspectivas de futuro para la regulación de la distancia mínima VTC
El escenario regulatorio sigue en movimiento. Por un lado, algunas comunidades autónomas han optado por suavizar sus normativas tras sucesivas derrotas judiciales, adaptando los tiempos de precontratación a marcos más razonables y mejor justificados técnicamente. Por otro lado, persisten tensiones políticas entre el sector del taxi y el sector VTC que probablemente seguirán trasladándose a los tribunales. Es previsible que continúen surgiendo nuevos recursos, tanto por parte de operadores VTC que consideren insuficiente la flexibilización lograda, como por parte de administraciones y colectivos del taxi que busquen mantener o reforzar determinadas restricciones.
En este contexto, la actualización constante sobre jurisprudencia se convierte en una herramienta de gestión de riesgo imprescindible para cualquier licencia VTC, ya que una operativa que hoy se considera plenamente ajustada a derecho podría verse alterada por una nueva sentencia o por la modificación de un decreto autonómico.
Conclusión
La evolución jurisprudencial en torno a la distancia mínima VTC refleja una tendencia clara hacia la exigencia de proporcionalidad y justificación objetiva en cualquier restricción que las administraciones pretendan imponer al sector. El Tribunal Supremo, los distintos TSJ y el TJUE han ido cerrando el paso a normas excesivamente rígidas, sin que ello suponga la desaparición total de este tipo de limitaciones. Para los operadores VTC, mantenerse informados sobre las últimas resoluciones judiciales de su comunidad autónoma, y contar con asesoramiento especializado, resulta esencial para operar con seguridad jurídica y anticiparse a los cambios normativos que previsiblemente seguirán produciéndose.
Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento legal o fiscal personalizado adaptado a las circunstancias concretas de cada licencia VTC.
