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Contenido, plazos y honorarios de un informe pericial tributario

Reunión de trabajo analizando un informe de valoración de empresa

Antes de encargar un dictamen, casi todo el mundo se hace las mismas tres preguntas: qué va a recibir, cuánto tardará y cuánto costará. Un informe pericial tributario responde a un encargo concreto, y por eso su contenido, sus plazos y el importe de los honorarios de un informe pericial dependen de la complejidad de ese encargo, del volumen de información y de la finalidad con la que se va a utilizar. Lo que sí puede afirmarse con carácter general es qué elementos debe incluir para ser útil, cómo se organiza el calendario de trabajo y qué factores explican las diferencias de presupuesto entre un caso y otro.

Para una empresa de flotas VTC o un conductor autónomo, tener claras estas variables antes de contratar evita malentendidos y permite comparar propuestas con criterio. Un informe barato pero incompleto puede resultar inútil ante la Inspección; uno mucho más extenso de lo necesario encarece el asunto sin aportar valor. El enfoque de ValiTax sobre honorarios parte, precisamente, de acordar por escrito el alcance, el calendario y el criterio de remuneración antes de empezar.

Contenido mínimo de un informe pericial tributario

La Ley de Enjuiciamiento Civil exige que el dictamen exprese con claridad el objeto, el método y las conclusiones, y que el perito manifieste que actúa con la mayor objetividad posible (art. 335). Más allá de ese mínimo legal, la práctica profesional ha consolidado una estructura que se repite en los informes de calidad.

Apartado Qué debe recoger
Identificación y cualificación Datos del perito, formación, experiencia y declaración de objetividad
Encargo Quién lo encarga, qué se pregunta, para qué se utilizará y a qué fecha se refiere
Documentación analizada Relación de documentos, con indicación de los que faltan o no se han podido verificar
Hechos y antecedentes Descripción de la situación, las partes y el procedimiento si lo hay
Metodología Método elegido, motivos de su elección y alternativas descartadas
Análisis y cálculos Hipótesis, datos de partida y operaciones que permitan reproducir el resultado
Conclusiones Respuesta concreta a las preguntas planteadas, con sus limitaciones
Anexos Documentos, tablas y fuentes que respaldan el análisis

Un informe que omita alguno de estos elementos suele resultar menos convincente. Si, por ejemplo, no explica por qué se ha descartado otro método, el lector puede pensar que se ha elegido el que producía el resultado más conveniente. Si no incluye la relación de documentos, resulta imposible saber qué base real tiene. Las bases de la figura se explican con más detalle en el apartado sobre el informe pericial y sus requisitos.

Plazos: de qué depende el calendario

No hay un plazo estándar. El tiempo de elaboración depende de varios factores y, en la práctica, casi siempre lo condiciona un plazo ajeno: el que fija el procedimiento en el que se va a presentar. Los más habituales son los siguientes:

  • Trámite de alegaciones en una inspección: el plazo lo fija el órgano, normalmente de unos pocos días hábiles, aunque puede solicitarse ampliación.
  • Recurso o reclamación contra una liquidación: un mes desde la notificación para el recurso de reposición o la reclamación económico-administrativa (art. 235 LGT para esta última).
  • Tasación pericial contradictoria: debe solicitarse dentro del plazo del primer recurso o reclamación, con una hoja de aprecio fundada (art. 135 LGT).
  • Procedimiento judicial: los dictámenes se aportan con los escritos iniciales (art. 265 LEC) o se anuncian para aportarlos después en los términos de los artículos 336 y siguientes.

Con esas fechas como límite, el perito necesita tiempo para solicitar y revisar la documentación, hacer las consultas necesarias, realizar los cálculos, redactar y revisar el informe. Cuanto antes se encarga, más opciones hay de que el dictamen sea completo y de poder resolver imprevistos.

Factores que alargan o acortan el trabajo

  1. La calidad y el orden de la documentación que aporta el cliente.
  2. El número de ejercicios, sociedades, operaciones o activos a analizar.
  3. La necesidad de buscar datos de mercado o comparables.
  4. La complejidad jurídica de la cuestión que se plantea.
  5. La disponibilidad de los interlocutores que deben aclarar dudas.
  6. La eventual ratificación o asistencia a vistas posteriores.

Honorarios de un informe pericial: qué los determina

Los honorarios de un perito se fijan, en general, por acuerdo con el cliente, salvo en los supuestos de designación judicial, en los que existen reglas procesales sobre provisión de fondos y tasación. No hay una tarifa oficial aplicable a todos los casos, y cualquier cifra concreta sin conocer el asunto carece de sentido. Lo que sí puede describirse son los factores que influyen:

  • Complejidad técnica: no cuesta lo mismo valorar un vehículo que una sociedad con varias licencias, contratos con plataformas y operaciones vinculadas.
  • Volumen de información: más documentación significa más horas de revisión.
  • Urgencia: un plazo muy corto exige concentrar recursos.
  • Finalidad: un informe para uso judicial requiere un nivel de detalle y de defensa mayor que una consulta interna.
  • Dedicación posterior: ratificación, preparación de vistas, contestaciones a informes contrarios.
  • Cuantía en juego: aunque el precio del dictamen no debe depender del resultado, la entidad del asunto condiciona el nivel de análisis necesario.

Modalidades de presupuesto

Las fórmulas más frecuentes son el precio cerrado para un alcance definido, la remuneración por horas con un tope máximo y la combinación de ambos, con una fase inicial de diagnóstico y otra de desarrollo del informe. Lo importante es que la propuesta detalle qué incluye y qué no, y qué ocurre si el alcance cambia.

Conviene desconfiar de los honorarios vinculados al resultado favorable. La deontología del perito exige objetividad, y una retribución que dependa de que el informe beneficie al cliente compromete esa independencia y puede restar credibilidad al dictamen ante el tribunal o la Administración.

Un ejemplo hipotético

Un titular de una pequeña flota recibe una propuesta de regularización relacionada con la deducibilidad de gastos y la imputación de ingresos de plataformas. Pide presupuesto a dos peritos. Uno ofrece un importe muy reducido por un informe de pocas páginas, sin revisar los extractos de plataformas ni conciliar la contabilidad. El otro propone una primera fase de diagnóstico, con revisión de la documentación y un presupuesto cerrado para el informe completo si se confirma que hay margen de defensa. Aunque el segundo sea más caro, el contribuyente comprende que paga por un trabajo que podrá defender ante la Inspección. Los datos de este caso son hipotéticos y sólo ilustran cómo comparar propuestas.

Qué conviene pactar por escrito

  1. Objeto del encargo y preguntas concretas que el informe debe responder.
  2. Fecha de valoración o periodo analizado.
  3. Documentación que debe aportar el cliente y calendario de entrega.
  4. Plazo de entrega del informe y de versiones intermedias.
  5. Honorarios, forma de pago y cobertura de gastos.
  6. Servicios adicionales: ratificación, vistas, informes complementarios.
  7. Cláusula de independencia y confidencialidad.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta un informe pericial tributario?

Depende del caso. No existe una tarifa general, y lo razonable es solicitar un presupuesto tras explicar el asunto y revisar la documentación básica.

¿Puedo recuperar el coste del informe?

En un procedimiento judicial, los gastos periciales pueden formar parte de las costas según las reglas procesales aplicables. En la vía administrativa, la recuperación es más limitada. Conviene consultarlo con el abogado.

¿Es deducible el gasto del informe?

Los gastos de asesoramiento y de defensa relacionados con la actividad suelen ser deducibles si cumplen los requisitos generales de inscripción contable, justificación y correlación con los ingresos. Debe analizarse en cada caso.

¿Cuánto tarda en estar listo?

Desde unos días en asuntos acotados hasta varias semanas en casos complejos. Lo determinante es el plazo del procedimiento y la rapidez con la que se aporte la documentación.

¿Puedo pedir modificaciones al informe?

Puede pedir aclaraciones, aportar datos nuevos o plantear preguntas adicionales. Lo que el perito no puede hacer es cambiar sus conclusiones por conveniencia del cliente.

Conclusión

Un buen informe pericial tributario combina un contenido completo, un calendario realista y unos honorarios acordados de forma transparente. Comparar propuestas exige fijarse en el alcance, en la metodología y en los servicios incluidos, no sólo en el precio. En el sector VTC, donde las controversias suelen ser cuantitativas, contratar con claridad desde el principio ahorra tiempo y disgustos. Para integrar el encargo en la estrategia de defensa, la asesoría legal y fiscal de LRB puede coordinar a los profesionales implicados. Para conocer un caso concreto de tributación en el sector, resulta útil el artículo sobre la tributación del alquiler o cesión de una licencia VTC. Y para profundizar en los distintos tipos de dictamen, puede consultarse la página sobre informes periciales tributarios.

Luis Miguel Larriba, perito judicial acreditado