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Etiqueta: amortización de equipos

  • Fiscalidad de clínicas de neurología: IVA y equipos

    Fiscalidad de clínicas de neurología: IVA y equipos

    La fiscalidad de clínicas de neurología gira en torno a una frontera clara: la asistencia diagnóstica y terapéutica está exenta de IVA, pero los informes periciales, la docencia o el alquiler de espacios no lo están. Importa también la amortización de equipos costosos y el tratamiento de los desplazamientos del profesional.

    Un servicio de neurología trabaja con tecnología cara y con actividades muy variadas. Entre la consulta de una cefalea y un informe para un juzgado hay diferencias que Hacienda sí distingue, aunque el paciente o el cliente no las perciba. Comprender esas diferencias evita facturar mal y deducir lo que no corresponde.

    El neurólogo, además, rara vez trabaja en un único lugar. Atiende en varias sedes, colabora con hospitales, imparte sesiones formativas y acude a congresos. De ahí que el vehículo, los trayectos y las dietas ocupen un lugar importante en la contabilidad de la clínica y del profesional autónomo.

    Fiscalidad de clínicas de neurología: exención y operaciones sujetas

    El artículo 20.Uno.3.º de la Ley del IVA exime la asistencia sanitaria prestada por profesionales médicos. En neurología cubre, con carácter general, la consulta, los estudios neurofisiológicos como electroencefalogramas o electromiogramas, los potenciales evocados y las pruebas de imagen prescritas con fin diagnóstico o terapéutico.

    Otras prestaciones que el mismo profesional realiza no comparten esa suerte. Los informes periciales para procedimientos judiciales o para terceros, la docencia remunerada y el arrendamiento de espacios de la clínica suelen tributar al 21 %. La razón es que no tienen por objeto proteger, mantener o restablecer la salud de una persona.

    Que pague una aseguradora o una mutua no modifica la exención. Lo que importa es la naturaleza del servicio, no quién lo abona. Si una factura mezcla actos asistenciales con otros conceptos, desglósala por líneas para que cada importe lleve su tratamiento correcto.

    ServicioTratamiento habitual en IVA
    Consulta y diagnóstico neurológicoExento (art. 20.Uno.3.º LIVA)
    Informe pericial para tercerosSujeto al tipo general
    Docencia remuneradaCalificación a analizar caso por caso
    Alquiler de salas o consultasSujeto al tipo general, salvo exenciones específicas

    Prorrata y sectores diferenciados con equipos de alto coste

    Si la clínica solo realiza operaciones exentas, no tiene derecho a deducir el IVA soportado. Cuando combina actividades exentas y gravadas, debe aplicar la prorrata de los artículos 102 y siguientes de la Ley del IVA o, si procede, sectores diferenciados conforme al artículo 9.1.c). La elección afecta sobre todo a las inversiones elevadas.

    Un equipo de electromiografía o de neuronavegación puede costar decenas de miles de euros. Un porcentaje de deducción mal calculado se traduce en una cuantía relevante. Por eso conviene decidir el criterio antes de la compra, documentar el uso previsto de cada equipo y revisar la regularización de bienes de inversión en los años siguientes.

    Vehículo y desplazamientos del neurólogo

    Para los turismos que se utilizan solo en parte en la actividad, el artículo 95 de la Ley del IVA presume una afectación del 50 % salvo prueba en contrario. Esa regla se aplica únicamente a quien tiene derecho a deducir. Si la actividad del neurólogo es exenta en su totalidad, el IVA del vehículo no se recupera.

    Impuesto sobre la renta y sociedades

    En la Ley del IRPF, el autónomo deduce los gastos necesarios para obtener ingresos, y la afectación de elementos patrimoniales tiene reglas estrictas. La sociedad que pone un vehículo a disposición del socio debe poder justificar el uso empresarial y, si hay uso privado, tratarlo como retribución en especie con su efecto correspondiente.

    Los gastos de congresos y formación fuera de la ciudad se justifican con factura de transporte, alojamiento y manutención, además de la prueba de que el viaje se vincula a la actividad. Recuerda que las dietas tienen un tratamiento diferente según se trate de empleados o de autónomos, así que no las mezcles sin revisar el caso.

    Para un neurólogo que altera sedes cada semana, un buen sistema de registro de trayectos vale más que cualquier argumento posterior. Si te interesa ver cómo se trata el alta de un vehículo y sus obligaciones, repasa las obligaciones fiscales al dar de alta una licencia VTC, cuyo esquema documental sirve de referencia.

    Amortización de equipos y retribución de socios

    Según el artículo 12 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y sus tablas, el instrumental médico admite un coeficiente lineal máximo del 15 % y un período máximo de 14 años. Aplicar un porcentaje superior sin respaldo de una libertad de amortización específica expone la deducción a una regularización.

    La retribución de los socios-médicos es otro foco habitual. Cuando el neurólogo presta servicios a su sociedad, o la sociedad le cede local o equipos, esas relaciones son operaciones vinculadas del artículo 18 y deben valorarse a mercado. Una remuneración inusualmente baja o alta, sin explicación económica, llama la atención.

    Comprobaciones, plazos y defensa

    En una inspección se revisan la calificación de la exención, la facturación a aseguradoras y los cobros en efectivo. El límite de pago en efectivo entre profesionales y empresarios es de 1.000 euros. El procedimiento inspector dura con carácter general 18 meses, ampliables a 27, según la Ley General Tributaria, y el derecho a liquidar prescribe a los cuatro años.

    Preparar la documentación con antelación facilita la defensa. Explicamos el desarrollo de un procedimiento y los documentos que más se reclaman en cómo prepararse ante una inspección de la AEAT, un esquema útil para cualquier actividad con facturación elevada.

    Si la controversia versa sobre la calificación de un informe o sobre la valoración de una operación con socios, un informe pericial tributario puede aportar un criterio técnico independiente. Para el análisis completo del sector, consulta nuestra guía sobre la fiscalidad de las clínicas de neurología.

    Puntos de control para la clínica

    • Separa en factura la asistencia exenta de los informes periciales y la docencia.
    • Fija el criterio de deducción (prorrata o sectores) antes de adquirir equipos.
    • Registra los trayectos entre sedes y conserva facturas completas de transporte.
    • Aplica los coeficientes de amortización de las tablas oficiales.
    • Documenta a valor de mercado cualquier relación entre socio y sociedad.

    Conclusión

    La actividad neurológica es mayoritariamente exenta, pero no toda. Quien presta también informes, formación o cesiones de espacio debe tratar cada ingreso con su tipo y controlar el efecto de esa mezcla sobre la deducción. A ello se añade una gestión ordenada de equipos, vehículo y desplazamientos que respalde cada gasto.

    Para estudiar su caso, puede escribir a Contacto@LRB.es o llamar al +34 684 234 831.

    Preguntas frecuentes sobre clínicas de neurología

    ¿Están exentas de IVA las pruebas neurofisiológicas?

    Con carácter general sí, cuando las realiza un profesional sanitario con finalidad diagnóstica o terapéutica, conforme al artículo 20.Uno.3.º de la Ley del IVA. Es el caso de electroencefalogramas, electromiogramas o potenciales evocados prescritos para atender a un paciente.

    ¿Tributa un informe pericial neurológico?

    Los informes periciales emitidos para juzgados o terceros no tienen finalidad asistencial, por lo que suelen tributar al tipo general del 21 %. La factura debe identificar el servicio y no mezclarlo con actos asistenciales exentos, para que cada importe reciba su tratamiento.

    ¿Cuánto puede amortizar una clínica un equipo de neurofisiología?

    Las tablas del artículo 12 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades fijan para el instrumental médico un coeficiente lineal máximo del 15 % y un período máximo de 14 años. Un porcentaje superior requiere un fundamento específico y expone a regularización.

    ¿Puedo deducir el coche con el que me desplazo entre sedes?

    Depende del impuesto. En IVA se presume una afectación del 50 % para turismos, solo si hay derecho a deducir. En IRPF e Impuesto sobre Sociedades hace falta acreditar la afectación a la actividad. Un registro de trayectos es la mejor prueba.

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal. Contenido informativo.