Saltar al contenido

Vertical 03 del directorio

Inspecciones tributarias en el sector VTC

Cuando Hacienda pregunta, el perfil que necesitas no es el de quien te lleva los modelos cada trimestre. Aquí encuentras profesionales con experiencia en defensa: requerimientos, comprobación limitada, procedimiento inspector, recursos y reclamaciones económico-administrativas.

Contactar es gratuito. El formulario llega directamente al profesional, sin intermediación por nuestra parte.

17Comunidades cubiertas
48 hPlazo de verificación
0 €Coste para el titular
0Comisión por contacto

Por qué existe esta sección

Una comprobación no se defiende igual que se declara

La mayoría de titulares de licencia descubre la diferencia el día que le llega el primer requerimiento. Presentar impuestos y defender lo presentado son dos oficios distintos: el segundo exige conocer el procedimiento, los plazos de caducidad, qué se puede aportar en cada fase y qué consecuencias tiene firmar un acta en conformidad.

Además, hay un punto delicado que conviene nombrar: si tu asesoría es la que confeccionó las declaraciones que ahora se comprueban, está en una posición incómoda. Puede defenderlas bien, pero también puede tener el reflejo de justificar su propio criterio en vez de valorar con frialdad si conviene rectificar. Una segunda opinión independiente, en esa fase, casi siempre compensa.

Lo que suele mirar Hacienda en una VTC

  • Correlación entre lo liquidado por las plataformas y lo declarado
  • Afectación del vehículo a la actividad y su amortización
  • Deducibilidad del IVA soportado en vehículo, combustible y mantenimiento
  • Gastos de difícil justificación y su soporte documental
  • Tratamiento de la transmisión de autorizaciones
  • Retribución de socios y administradores en sociedades de flota
  • Encaje de los conductores: nómina, factura o falso autónomo

Lista orientativa. Cada procedimiento delimita su propio alcance en el acuerdo de inicio.

El procedimiento

Por dónde va tu expediente

Saber en qué fase estás determina qué margen te queda. Este es el recorrido habitual.

  1. 01

    Requerimiento de información

    La Administración pide documentación concreta. Aún no hay una regularización propuesta, pero lo que aportes aquí condiciona todo lo que venga después.

  2. 02

    Comprobación limitada

    Procedimiento de alcance acotado a determinados conceptos y periodos. Termina con resolución, y su alcance limita lo que después puede volver a comprobarse sobre el mismo objeto.

  3. 03

    Procedimiento inspector

    Más amplio y con más facultades. Se comunica el inicio y su alcance, se desarrollan actuaciones y se documenta en diligencias.

  4. 04

    Acta y trámite de audiencia

    La propuesta de regularización. Aquí se decide si se firma en conformidad o en disconformidad, y esa decisión tiene efectos sobre el recurso posterior y sobre la eventual sanción.

  5. 05

    Expediente sancionador

    Se tramita de forma separada de la regularización. Que se deba una cuota no implica automáticamente que la conducta sea sancionable: la culpabilidad debe motivarse.

  6. 06

    Recursos y reclamación

    Reposición ante el mismo órgano o reclamación económico-administrativa ante el tribunal correspondiente, y en su caso vía contencioso-administrativa. También cabe solicitar la suspensión de la deuda.

Aviso. Esta descripción es divulgativa y general. Los plazos, requisitos y efectos concretos dependen del procedimiento, del tributo y de tu situación. Consulta con un profesional antes de tomar cualquier decisión sobre tu expediente.

Buscar

Especialistas por comunidad autónoma

Vertical de plazas limitadas. Los primeros profesionales en darse de alta las ocupan.

Dar de alta mi perfil

Para profesionales

¿Defiendes procedimientos tributarios?

Esta vertical recibe consultas con plazo abierto y ticket alto. Es la de mayor intención de contratación del directorio.

Qué incluye la ficha

  • Fases del procedimiento en las que intervenís
  • Titulación, colegiación o acreditación profesional
  • Ámbito territorial y órganos ante los que actuáis
  • Formulario con los datos básicos del expediente
  • Sello de verificación tras comprobar los datos

Preguntas frecuentes

Sobre inspecciones tributarias

¿TodoVTC interviene en mi procedimiento?

No. Somos una plataforma independiente que publica el directorio y verifica que los profesionales existen y están activos. No prestamos asesoramiento tributario, no representamos a nadie ante la Administración y no cobramos comisión por los contactos.

Me ha llegado un requerimiento, ¿es grave?

Un requerimiento de información no significa por sí solo que se te vaya a regularizar nada. Pero sí abre un procedimiento con plazos, y lo que se aporta en esa primera respuesta condiciona el resto. Lo prudente es no improvisar la contestación y revisar antes qué documentación respalda cada partida.

¿Puede llevarlo mi asesoría de siempre?

Puede, y en asuntos sencillos suele ser lo más eficiente porque conoce tus números. El matiz es que si las declaraciones comprobadas las confeccionó ella, está valorando su propio trabajo. En procedimientos de cierta entidad, o cuando hay sanción de por medio, una segunda opinión independiente aporta perspectiva.

¿Conviene firmar el acta en conformidad?

Depende, y es exactamente la decisión que conviene tomar asesorado. Firmar en conformidad puede tener efectos sobre la reducción de la sanción, pero también sobre tu capacidad de discutir después los hechos. No es una decisión que deba tomarse por prisa ni por desgaste.

¿Cuánto cuesta la defensa de un expediente?

Los criterios habituales combinan una cantidad fija por fase —contestación al requerimiento, alegaciones al acta, recurso— con un porcentaje sobre el ahorro obtenido. Pide hoja de encargo por escrito con el alcance, los honorarios y qué ocurre si el asunto avanza a la siguiente instancia.