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Categoría: Fiscalidad

Cómo tributa una licencia VTC: IVA, amortización, módulos, deducciones e incentivos aplicables al sector.

  • Modelo 130 y 131 para conductores VTC: cuál te corresponde

    Modelo 130 y 131 para conductores VTC: cuál te corresponde

    Si trabajas como conductor autónomo de VTC, es muy probable que tu asesoría te haya hablado de las declaraciones trimestrales de IRPF sin explicarte demasiado la diferencia entre ellas. Elegir entre el modelo 130 y 131 VTC no es una opción libre: depende del régimen fiscal en el que estés dado de alta, y equivocarte puede acarrear requerimientos de Hacienda, recargos y sanciones.

    Qué son los modelos 130 y 131 y por qué importan en el sector VTC

    • Modelo 130: corresponde a los autónomos que tributan en estimación directa (normal o simplificada), calculando su rendimiento neto restando los gastos reales a los ingresos reales.
    • Modelo 131: corresponde a los autónomos que tributan en estimación objetiva (módulos), un sistema donde el rendimiento no se calcula con ingresos y gastos reales, sino con parámetros fijados por Hacienda.

    Modelo 130 VTC: el más habitual para autónomos con licencia VTC

    La inmensa mayoría de los conductores VTC que operan con licencia propia tributan en estimación directa simplificada y, por tanto, presentan el modelo 130. Esto se debe a que la actividad de VTC suele quedar excluida o no acogida al régimen de módulos en la práctica habitual del sector, tras las sucesivas reformas normativas.

    Cómo se calcula el pago fraccionado en el modelo 130

    • Se suman todos los ingresos del trimestre (y de los trimestres anteriores del mismo año).
    • Se restan los gastos deducibles: combustible, mantenimiento del vehículo, seguros, cuota de autónomos, gestoría, renting o leasing, comisiones de las plataformas, entre otros.
    • Sobre el rendimiento neto se aplica un 20% en concepto de pago a cuenta, restando las retenciones ya soportadas y los pagos fraccionados de trimestres anteriores.

    Modelo 131 VTC: cuándo se aplica el régimen de módulos

    El modelo 131 solo corresponde a quienes están acogidos al régimen de estimación objetiva (módulos). En el transporte de viajeros, este régimen ha sido tradicionalmente utilizado por taxistas y por algunas actividades de transporte por carretera, pero su aplicación al VTC es mucho más limitada y, en muchos casos, no resulta compatible con las condiciones actuales de la actividad.

    Antes de dar por hecho que te corresponde el 131, es fundamental verificar con tu gestoría si tu epígrafe y tu actividad concreta permiten esta opción, ya que aplicarlo indebidamente es un error que Hacienda detecta con facilidad al cruzar datos con las plataformas de VTC.

    Errores frecuentes al elegir entre el modelo 130 y 131

    • Presentar el 131 sin estar realmente en módulos, por confundirlo con el sistema que usan algunos compañeros taxistas.
    • Olvidar el modelo 130 en trimestres sin actividad: aunque no factures nada, en general debes presentar la declaración, normalmente a cero o negativa.
    • No descontar correctamente los pagos fraccionados anteriores, lo que provoca pagar de más o de menos.
    • Confundir el modelo 130/131 con el modelo 303 del IVA: son declaraciones distintas, con plazos que coinciden pero conceptos diferentes.

    Muchos autónomos del sector transporte se plantean si les interesaría el régimen de módulos para autónomos frente a la estimación directa, y esa es precisamente la decisión que determina si toca presentar el 130 o el 131.

    Plazos de presentación y cómo evitar sanciones

    • 1er trimestre: del 1 al 20 de abril.
    • 2º trimestre: del 1 al 20 de julio.
    • 3er trimestre: del 1 al 20 de octubre.
    • 4º trimestre: del 1 al 30 de enero del año siguiente.

    Presentar fuera de plazo, aunque sea un día, puede suponer recargos de entre el 1% y el 20% sobre la cuota a ingresar, además de intereses de demora en los casos más graves.

    Conclusión: qué debes hacer si eres conductor VTC

    Para la gran mayoría de conductores VTC en España, el modelo que corresponde es el 130, por tributar en estimación directa. El modelo 131 queda reservado a quien esté efectivamente acogido al régimen de módulos, algo poco común en esta actividad tal y como está regulada hoy. Ante la duda, revisa tu alta censal y el régimen que figura en ella, y consulta con tu gestoría antes de presentar cualquier declaración trimestral.

    Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento fiscal personalizado.

  • Fiscalidad de las comisiones cobradas por plataformas extranjeras

    Fiscalidad de las comisiones cobradas por plataformas extranjeras

    La fiscalidad comisiones plataformas VTC es uno de los puntos que más dudas genera entre conductores. Uber, Cabify y Bolt operan a menudo a través de sociedades registradas fuera de España, lo que introduce matices de IVA, retenciones y deducibilidad.

    Qué son realmente las comisiones

    La plataforma cobra al pasajero el importe total y retiene un porcentaje (15%-25%) en concepto de comisión. Fiscalmente es un gasto por servicios recibidos que la plataforma factura al conductor.

    La factura invertida

    Es habitual que el conductor emita la factura completa al pasajero, mientras la plataforma factura la comisión al conductor. Esto exige un control ordenado de ingresos brutos, comisiones e ingreso neto real.

    El tratamiento del IVA

    Cuando la plataforma está establecida en otro país de la UE, la operación se considera una prestación de servicios intracomunitaria (B2B):

    • El autónomo debe estar dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).
    • La comisión se recibe con inversión del sujeto pasivo: el autónomo se autorrepercute el IVA español.
    • Estas operaciones deben declararse en el modelo 349 y reflejarse en el modelo 303.

    Retenciones e IRPF

    El ingreso a declarar es el rendimiento neto: ingresos por transporte menos gastos deducibles, incluida la comisión pagada a la plataforma.

    Documentación y trazabilidad

    • El resumen de facturación de cada plataforma.
    • Las facturas de comisión con su NIF-IVA intracomunitario.
    • El libro registro de facturas emitidas y recibidas.

    Errores frecuentes

    • No inscribirse en el ROI.
    • Deducir el IVA sin haber practicado la inversión del sujeto pasivo.
    • No presentar el modelo 349.

    Qué hacer ante una comprobación

    Si recibes un requerimiento, conviene prepararte para la defensa ante una inspección de la AEAT, reuniendo toda la documentación de facturación.

    Conclusión

    La fiscalidad de las comisiones de plataformas extranjeras combina IVA intracomunitario, obligaciones de IRPF y trazabilidad documental. Ante cualquier duda, consulta con un profesional.

    Aviso legal: este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento fiscal personalizado.

  • Gastos deducibles de combustible para autónomos VTC

    Gastos deducibles de combustible para autónomos VTC

    Para cualquier autónomo VTC, el combustible es una de las partidas más pesadas de la cuenta de explotación, solo por detrás de la financiación del vehículo. Por eso conocer bien los gastos deducibles combustible VTC marca una diferencia real en el resultado fiscal de cada trimestre.

    ¿Qué gastos de combustible puede deducirse un autónomo VTC?

    La actividad de VTC tiene una particularidad que la diferencia de otros autónomos: el vehículo es la herramienta de trabajo principal y, salvo excepciones, se entiende afecto al 100% a la actividad. Esto es relevante porque el conductor VTC con licencia habilitante puede deducirse el combustible en su totalidad, siempre que el vehículo esté dado de alta como bien afecto y coincida con el que figura en la autorización de transporte.

    • El gasoil, la gasolina o la recarga eléctrica del vehículo utilizado para prestar el servicio VTC.
    • El combustible consumido en desplazamientos vinculados a la actividad (recogidas, trayectos de aproximación, vuelta a base).
    • Los gastos de repostaje en autopista o gasolineras de otras provincias cuando el servicio lo justifica.

    No es deducible, en cambio, el combustible de trayectos claramente personales o de un segundo vehículo familiar no afecto a la actividad.

    Requisitos para que el gasto sea deducible

    Factura completa, no ticket simplificado

    El ticket de gasolinera sin más datos no es válido para deducir el IVA. Es necesario solicitar factura completa con el NIF, nombre o razón social y dirección del autónomo, además del importe, el tipo de IVA aplicado y la fecha.

    Vehículo afecto a la actividad

    El vehículo debe figurar en la licencia VTC y, preferiblemente, estar dado de alta como activo o gasto deducible en el modelo censal correspondiente.

    Medio de pago trazable

    Pagar con tarjeta vinculada a la actividad facilita enormemente la conciliación contable y reduce el riesgo de que Hacienda cuestione la vinculación del gasto con la actividad.

    Deducción en IRPF y en IVA: cómo funciona cada una

    En el IRPF, el importe del combustible se resta como gasto del rendimiento neto de la actividad. Cuanto mayor sea el gasto justificado, menor será la base sobre la que se calcula el pago fraccionado trimestral y la cuota final del IRPF.

    En el IVA, el autónomo puede deducirse la cuota soportada en cada repostaje siempre que disponga de factura completa. A diferencia de otros gastos de vehículo donde Hacienda presume una afectación del 50% salvo prueba en contrario, en el transporte de viajeros la norma reconoce la afectación total, lo que permite deducir el 100% del IVA soportado en combustible cuando el vehículo se dedica exclusivamente a la actividad.

    Otros gastos del vehículo relacionados que conviene tener en cuenta

    • Peajes y aparcamientos vinculados a servicios realizados.
    • Lavado y limpieza del vehículo.
    • Mantenimiento, neumáticos y revisiones periódicas.
    • Seguro del vehículo afecto a la actividad.
    • Amortización del vehículo o de la cuota de renting/leasing, cuando corresponda.

    Tratar el combustible de forma aislada, sin coordinarlo con el resto de gastos del vehículo, suele llevar a declaraciones incompletas. Por la complejidad de la normativa, muchos profesionales optan por contar con asesoramiento legal y fiscal para el sector VTC que revise caso por caso qué porcentaje de afectación y qué documentación aplican a su situación concreta.

    Errores frecuentes al deducir el combustible

    • Guardar solo el ticket de la gasolinera sin pedir la factura con los datos fiscales completos.
    • Mezclar repostajes de un vehículo particular con los del vehículo VTC en la misma cuenta o tarjeta.
    • No conservar los justificantes durante el plazo mínimo de prescripción, que en España es de cuatro años.
    • Declarar gastos de combustible en fechas o rutas incompatibles con los servicios facturados.
    • No diferenciar correctamente el IVA deducible del gasto en IRPF, generando descuadres entre el modelo 303 y el 130.

    Conclusión: una gestión ordenada del combustible mejora tu resultado fiscal

    Los gastos deducibles de combustible representan un ahorro fiscal significativo cuando se gestionan con orden: factura completa en cada repostaje, vehículo correctamente afecto a la actividad y coherencia entre el gasto declarado y los servicios realizados. Un buen hábito es centralizar todos los repostajes en una tarjeta de flota o cuenta bancaria dedicada a la actividad.

    Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento fiscal personalizado.

  • Obligaciones fiscales al dar de alta una licencia VTC

    Obligaciones fiscales al dar de alta una licencia VTC

    El alta fiscal licencia VTC es uno de los primeros trámites que debe completar cualquier persona que quiera operar como conductor o titular de una licencia VTC en España. Antes de subir a un solo pasajero, la actividad debe quedar correctamente censada.

    Qué es el alta fiscal licencia VTC

    Consiste en comunicar a Hacienda el inicio de la actividad mediante el modelo 036/037, indicando el epígrafe del IAE (habitualmente 721.2) y el régimen de IVA e IRPF aplicable.

    Alta en el RETA

    Quien opera como persona física debe darse de alta también en el RETA de la Seguridad Social, coordinando la fecha con el inicio real de la actividad.

    Elección de epígrafe IAE correcto

    Un error frecuente es dar de alta la actividad bajo un epígrafe genérico de transporte que no refleja la naturaleza VTC.

    El IVA en la actividad VTC

    Sujeto al tipo general del 21%. Obligaciones periódicas:

    • Modelo 303: autoliquidación trimestral.
    • Modelo 390: resumen anual.
    • Modelo 349: si hay operaciones intracomunitarias.

    IRPF, retenciones y pagos fraccionados

    Rendimientos netos en estimación directa simplificada, con pagos fraccionados trimestrales (modelo 130). Si opera como sociedad, corresponde el Impuesto sobre Sociedades (modelos 202 y 200).

    Obligaciones contables

    Mantener libros registro de ingresos, gastos y bienes de inversión, y conservar documentación al menos cuatro años.

    Errores frecuentes

    • Elegir un epígrafe de IAE incorrecto.
    • Retrasar la comunicación del alta.
    • No coordinar el alta fiscal con el alta en RETA.
    • No anticipar el impacto del IVA al 21% en las tarifas.

    Conclusión

    El alta fiscal licencia VTC es la base sobre la que se sostienen todas las obligaciones tributarias posteriores. Contar con asesoramiento legal y fiscal para el sector VTC desde el primer día ayuda a evitar errores.

    Aviso: este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento fiscal personalizado.

  • Leasing vs renting: qué opción fiscal conviene más a una flota VTC

    Leasing vs renting: qué opción fiscal conviene más a una flota VTC

    Elegir entre leasing y renting es una de las decisiones financieras más importantes para cualquier autónomo o empresa que gestione una flota de vehículos VTC. Más allá de la cuota mensual, la clave está en entender bien la leasing renting VTC fiscalidad, es decir, cómo trata Hacienda cada fórmula en el IVA, el IRPF o el Impuesto de Sociedades, y cómo afecta esto a la rentabilidad real del negocio a medio y largo plazo.

    Qué es el leasing y cómo tributa en una flota VTC

    El leasing, o arrendamiento financiero, es un contrato mediante el cual una entidad financiera adquiere el vehículo y lo cede en uso a la empresa o autónomo a cambio de unas cuotas periódicas, con opción de compra al final del contrato. Desde el punto de vista contable, el vehículo se registra como un activo del inmovilizado, y la empresa aplica amortizaciones fiscales sobre él.

    Ventajas fiscales del leasing

    • La cuota de recuperación de coste es deducible en el Impuesto de Sociedades o en el IRPF, dentro de los límites que marca la normativa vigente.
    • La carga financiera (intereses) también es deducible como gasto financiero.
    • El IVA soportado en las cuotas es deducible si el vehículo está afecto a la actividad.
    • Permite acelerar la amortización fiscal respecto a la compra directa.

    Inconvenientes a tener en cuenta

    • Al final del contrato hay que ejercer la opción de compra, lo que implica un desembolso adicional si se quiere quedar con el vehículo.
    • El vehículo figura en el balance como activo y pasivo, lo que puede afectar a ratios de endeudamiento.
    • Requiere un análisis contable más detallado que el renting.

    Qué es el renting y su tratamiento fiscal

    El renting es un alquiler a largo plazo que normalmente incluye mantenimiento, seguro y otros servicios asociados al vehículo, a cambio de una cuota mensual fija. A diferencia del leasing, el vehículo no pasa a formar parte del activo de la empresa, sino que se trata como un gasto de explotación.

    Ventajas fiscales del renting

    • La cuota mensual íntegra es deducible como gasto, siempre que el vehículo esté afecto a la actividad económica.
    • El IVA de la cuota es deducible en las mismas condiciones que en el leasing.
    • Al incluir mantenimiento y seguro en una sola cuota, se facilita la previsión de tesorería.
    • No genera deuda en el balance, lo que puede mejorar la imagen financiera de la empresa.

    Inconvenientes del renting

    • No existe opción de compra al finalizar el contrato en la mayoría de los casos.
    • Las cuotas suelen ser algo más elevadas que las de un leasing equivalente.
    • Los kilómetros y el estado del vehículo están limitados por contrato.

    Leasing renting VTC fiscalidad: comparativa práctica

    En términos generales, el leasing suele resultar más ventajoso cuando la empresa tiene intención de quedarse con el vehículo a largo plazo y busca aprovechar la amortización acelerada. El renting, en cambio, es más adecuado para quienes priorizan la simplicidad administrativa y prefieren renovar la flota con frecuencia.

    Para una flota VTC de varios vehículos, muchas empresas optan por combinar ambas fórmulas: renting para los vehículos de renovación rápida y leasing para aquellos que se pretenden mantener en propiedad.

    Afectación del vehículo a la actividad: el punto clave para Hacienda

    Tanto en leasing como en renting, la deducibilidad fiscal depende en gran medida de demostrar que el vehículo está afecto exclusivamente a la actividad de transporte con conductor. Es fundamental conservar toda la documentación: contrato, facturas, licencia VTC vigente y registros de actividad. Por eso resulta recomendable apoyarse en informes jurídico-empresariales que analicen la situación fiscal concreta de cada flota antes de firmar un contrato de larga duración.

    Impacto en el IVA y en la gestión de tesorería

    En el sector VTC, al ser una actividad claramente identificable y regulada, es habitual poder justificar una afectación cercana al 100%, lo que permite deducir prácticamente la totalidad del IVA soportado en las cuotas. El renting suele ofrecer más previsibilidad al incluir mantenimiento y seguro en una única cuota, mientras que el leasing puede generar gastos adicionales imprevistos que conviene presupuestar aparte.

    Conclusión práctica: cómo elegir según el perfil de tu flota

    • Si buscas propiedad final del vehículo y quieres aprovechar la amortización fiscal acelerada, el leasing suele ser la opción más eficiente.
    • Si priorizas la simplicidad de gestión y renovar la flota cada pocos años, el renting resulta más práctico.
    • Si gestionas una flota mixta, combinar ambas fórmulas según el uso previsto de cada vehículo puede optimizar tanto la fiscalidad como la tesorería.

    Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento fiscal personalizado.

  • Cierre fiscal de ejercicio para empresas de flotas VTC: checklist

    Cierre fiscal de ejercicio para empresas de flotas VTC: checklist

    El cierre fiscal flotas VTC es uno de los momentos más delicados del año. No se trata solo de presentar el Impuesto sobre Sociedades, sino de dejar ordenada toda la información contable y fiscal de una actividad con muchas particularidades.

    Por qué el cierre fiscal flotas VTC tiene particularidades propias

    La flota de vehículos supone una inversión relevante que se amortiza durante varios ejercicios, y los gastos de explotación (combustible, mantenimiento, seguros) son recurrentes y significativos.

    Checklist de documentación previa al cierre

    • Facturas de ingresos de cada plataforma y sus liquidaciones de comisiones.
    • Facturas de compra, financiación o renting de cada vehículo.
    • Pólizas de seguro de flota y recibos de primas.
    • Facturas de combustible, electricidad y mantenimiento.
    • Nóminas y seguros sociales si hay conductores asalariados.
    • Extractos bancarios conciliados con la contabilidad.

    Amortización de la flota

    Coeficientes y vida útil aplicados

    Verificar que los porcentajes aplicados a cada vehículo se ajustan a las tablas fiscalmente admitidas.

    Vehículos financiados vía renting o leasing

    Confirmar que cada contrato está registrado con el tratamiento correcto.

    Deducciones y gastos deducibles habituales

    • Gastos de combustible o carga eléctrica.
    • Cuotas de leasing, renting o financiación.
    • Seguros de responsabilidad civil y todo riesgo.
    • Comisiones de las plataformas de VTC.

    Estructura societaria y planificación

    El cierre es un buen momento para revisar la estructura societaria. Muchas flotas que han crecido se plantean entender cómo crear una sociedad holding para centralizar la gestión.

    Calendario y plazos

    • Cierre contable y formulación de cuentas anuales.
    • Liquidación del Impuesto sobre Sociedades dentro del plazo legal.
    • Revisión de pagos fraccionados realizados durante el año.
    • Depósito de cuentas en el Registro Mercantil.

    Conclusión

    El cierre fiscal flotas VTC debe vivirse como una revisión anual que aporta información sobre la rentabilidad real de cada vehículo y las oportunidades de mejora fiscal.

    Aviso: este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento fiscal personalizado.

  • Libertad de amortización 2024–2026 para flotas VTC: vehículos eléctricos e híbridos enchufables y cargadores (DA 18ª LIS)

    Contenido elaborado por LRB Tax & Legal (abogados y asesores tributarios expertos en el sector VTC). Este artículo tiene carácter informativo y recoge recomendaciones generales para empresas VTC en toda España. La aplicación concreta del incentivo depende de las circunstancias de cada empresa y debe analizarse caso por caso.

    Las empresas VTC están viviendo un cambio estructural: electrificación progresiva de flotas, presión de costes, necesidad de optimizar tiempos de inactividad y, cada vez más, inversión en infraestructura de recarga propia (bases, parkings, hubs). En ese contexto, la disposición adicional decimoctava de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades (LIS) introduce un incentivo fiscal especialmente útil para el sector: la libertad de amortización para ciertos vehículos nuevos y para nuevos puntos de recarga, siempre que entren en funcionamiento en periodos impositivos iniciados en 2024, 2025 o 2026.

    En términos sencillos: si tu empresa VTC está invirtiendo en vehículos eléctricos (BEV), híbridos enchufables (PHEV) o en cargadores, este incentivo puede permitirte acelerar la deducción fiscal del coste de la inversión y mejorar la tesorería.

    Qué es la libertad de amortización, explicado para VTC

    En el Impuesto sobre Sociedades, la amortización es el gasto que refleja el desgaste del activo (vehículo, instalación, equipo) y que reduce la base imponible. Normalmente, la normativa limita el ritmo de amortización mediante tablas y coeficientes.

    La libertad de amortización permite amortizar fiscalmente el activo al ritmo que decida el contribuyente, por ejemplo concentrando más gasto en un ejercicio con mayor beneficio. Para una empresa VTC, esto puede traducirse en:

    • Menor impuesto a pagar a corto plazo, si hay base imponible positiva.
    • Mejor caja para seguir renovando flota o financiar recarga.
    • Planificación fiscal en años de expansión o de inversión intensiva.

    Nota técnica: suele ser un diferimiento (ahorro anticipado), pero financieramente es muy relevante para negocios con inversión recurrente.

    Marco legal: DA 18ª LIS y qué inversiones cubre

    La DA 18ª regula dos bloques de inversiones con libertad de amortización:

    1. Vehículos nuevos FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV (según el anexo II del Reglamento General de Vehículos, RD 2822/1998), afectos a actividades económicas.
    2. Nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, de potencia normal o alta potencia, en los términos definidos por el Reglamento (UE) 2023/1804, afectas a actividades económicas.

    En ambos casos, la norma exige que el activo entre en funcionamiento en periodos impositivos iniciados en 2024, 2025 o 2026.

    Enfoque VTC: qué vehículos entran y por qué importa

    En el día a día del sector VTC, el grueso de la inversión suele concentrarse en:

    • BEV (battery electric vehicle): eléctricos puros.
    • PHEV (plug-in hybrid electric vehicle): híbridos enchufables.

    La DA 18ª incluye ambos, además de otras tipologías. La clave práctica para VTC es que el vehículo sea:

    • Nuevo.
    • Afecto a la actividad (prestación del servicio VTC).
    • Con entrada en funcionamiento dentro del periodo aplicable.

    Recomendación LRB: documentar afectación y puesta en servicio

    En flotas VTC la afectación suele ser evidente, pero conviene dejar rastro documental:

    • Alta del vehículo en la plataforma u operativa, con fecha.
    • Asignación a conductor o rotación en flota.
    • Kilometraje, telemetría y rutas, si existen.
    • Contratos de renting o financiación y documentación de entrega.

    Esto no es burocracia: en una comprobación, la diferencia entre aplicar el incentivo con tranquilidad o tener que discutirlo suele estar en la prueba.

    Cargadores y puntos de recarga: donde más se gana y donde más se falla

    Para una empresa VTC, instalar recarga propia suele tener un objetivo claro: reducir tiempos muertos, controlar costes y asegurar disponibilidad. Fiscalmente, la DA 18ª permite libertad de amortización en nuevas infraestructuras de recarga, de potencia normal o alta potencia, siempre que estén afectas a la actividad y entren en funcionamiento en el periodo aplicable.

    Requisitos documentales críticos

    Aquí recomendamos máxima disciplina. La DA 18ª exige:

    1. Proyecto o memoria técnica, según corresponda, conforme al RD 842/2002 (Reglamento electrotécnico para baja tensión), elaborada por instalador autorizado registrado en el Registro Integrado Industrial.
    2. Certificado de instalación eléctrica diligenciado por la comunidad autónoma competente.

    Recomendación LRB: antes de aplicar libertad de amortización en recarga, revisa que el expediente esté completo, no solo la factura. Muchas incidencias vienen por defectos formales: falta de diligenciado, memoria incompleta o trazabilidad débil de la puesta en servicio.

    «Entrada en funcionamiento» en VTC: cómo enfocarlo sin riesgos

    La norma utiliza un concepto clave: el activo debe entrar en funcionamiento en periodos impositivos iniciados entre 2024 y 2026. En VTC, esto suele conectarse con hitos como:

    • Vehículo: entrega, matriculación y puesta en servicio real (operativo en flota).
    • Recarga: instalación terminada, legalización o boletín y activación efectiva.

    Recomendación LRB: define internamente un criterio operativo y coherente para fechar la puesta en funcionamiento, y archiva la evidencia activo por activo.

    Cómo aplicarlo en el Impuesto sobre Sociedades

    La libertad de amortización es un incentivo fiscal, por lo que puede generar diferencias entre la amortización contable (vida útil) y la amortización fiscal (acelerada o libre). Esto suele gestionarse con ajustes extracontables y control del inmovilizado. En flotas VTC recomendamos:

    • Subcuentas separadas para vehículos BEV/PHEV e infraestructura de recarga.
    • Archivo por activo: factura, ficha, fecha de puesta en servicio y documentación técnica cuando aplique.
    • Conciliación anual entre el inmovilizado y el modelo del Impuesto sobre Sociedades.

    Errores típicos en VTC y cómo evitarlos

    1. Confundir compra con puesta en funcionamiento. Firmar o pagar no siempre equivale a entrar en funcionamiento.
    2. Recarga sin expediente completo. El proyecto o memoria y el certificado diligenciado son la base.
    3. Falta de trazabilidad en flota. Si hay rotación, conviene conservar evidencia operativa mínima.
    4. Mezclar obras eléctricas generales con recarga. Si no se identifica bien qué parte es infraestructura de recarga, se complica la defensa.
    5. Aplicar el incentivo sin revisar el ejercicio fiscal. La norma habla de periodos impositivos iniciados entre 2024 y 2026: ojo a los ejercicios no naturales.

    Checklist rápido antes de aplicar la libertad de amortización

    Vehículos (BEV/PHEV)

    • Vehículo nuevo y de tipología correcta.
    • Evidencia de afectación a la actividad VTC.
    • Evidencia de entrada en funcionamiento en el periodo aplicable.

    Cargadores y puntos de recarga

    • Infraestructura nueva y afecta a la actividad.
    • Proyecto o memoria conforme al RD 842/2002.
    • Instalador autorizado y registrado.
    • Certificado diligenciado por la comunidad autónoma.
    • Evidencia de puesta en servicio.

    Conclusión: una oportunidad fiscal clara, si se documenta bien

    Para empresas VTC que están electrificando flota y desplegando recarga, la DA 18ª LIS puede ser una herramienta muy útil de planificación fiscal: permite amortizar libremente vehículos BEV y PHEV y nuevas infraestructuras de recarga que entren en funcionamiento en periodos iniciados entre 2024 y 2026.

    Desde LRB Tax & Legal, la recomendación es aplicar el incentivo con un enfoque doble: análisis fiscal y contable para maximizar el beneficio, y control documental —especialmente en recarga— para que sea defendible ante una comprobación.

    ¿Quieres que revisemos tu caso VTC?

    Si tu empresa VTC está invirtiendo en vehículos eléctricos o híbridos enchufables o en cargadores, en LRB Tax & Legal pueden ayudarte a:

    • Valorar si la inversión encaja en la DA 18ª LIS.
    • Definir criterios de entrada en funcionamiento y archivo de evidencias.
    • Revisar la documentación técnica y los certificados exigibles en recarga.
    • Diseñar una estrategia de amortización fiscal coherente con tus resultados.

    Puedes contactar desde su web: LRB Tax & Legal, abogados especialistas en VTC y transporte. También tienes otros despachos del sector en el directorio de asesoramiento jurídico y fiscal.

    Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional. La aplicación del incentivo debe analizarse según el caso concreto.

  • 10 claves para elegir tu gestoría para licencias VTC

    Elegir la gestoría adecuada es una de las decisiones más importantes que puede tomar un titular de licencia VTC. Una gestoría VTC especializada puede marcar la diferencia entre una gestión eficiente y segura de tu negocio, o costosos errores fiscales y administrativos.

    Tanto si estás iniciando tu actividad como conductor VTC, como si ya cuentas con una flota en expansión, una asesoría VTC con experiencia puede ayudarte a optimizar tu rentabilidad, cumplir con la normativa vigente y liberar tiempo para lo más importante: conducir y hacer crecer tu negocio.

    Estas son las diez cosas fundamentales que conviene tener en cuenta al elegir tu gestoría contable, fiscal y laboral si operas con licencias VTC.

    1. Especialización en el sector VTC

    No todas las gestorías están preparadas para entender la complejidad de una actividad VTC. Desde los modelos fiscales específicos hasta la relación con plataformas como Uber, Cabify o Bolt, cada detalle cuenta.

    Optar por una gestora de licencia VTC especializada garantiza que comprenderán la normativa específica, los plazos de inspecciones, los requisitos del Ministerio de Transportes y los trámites con las comunidades autónomas.

    Consejo práctico: antes de decidir, compara varias opciones. En el directorio de gestoras de VTC puedes ver despachos que trabajan específicamente con este sector.

    2. Gestión integral: contable, fiscal y laboral

    Evita gestorías que solo te ofrezcan servicios fiscales. La actividad VTC implica también una gestión contable detallada (ingresos, gastos, amortizaciones) y servicios laborales si tienes conductores a tu cargo o colaboradores autónomos.

    Una asesoría VTC integral podrá ayudarte a:

    • Presentar correctamente los trimestrales de IVA e IRPF.
    • Controlar gastos deducibles: combustible, renting, mantenimiento.
    • Evitar errores en la contratación o el despido de conductores.
    • Llevar nóminas y seguros sociales.

    3. Tramitación de licencias y vehículos

    Una gestora de licencia VTC no solo te lleva los impuestos: también debe poder ayudarte con trámites esenciales como:

    • Alta de vehículos en el registro de transportes.
    • Cambios de titularidad de licencias.
    • Renovaciones y bajas en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte (REAT).
    • Solicitud de tarjetas VTC digitales.

    Cuantos más trámites gestione tu asesoría, menos dolores de cabeza para ti. Si lo que necesitas es tramitar una autorización nueva, tienes el detalle en solicitud de licencia VTC.

    4. Dominio de la normativa autonómica y estatal

    Las licencias VTC están reguladas tanto por el Estado como por las comunidades autónomas, con normativas cambiantes: zonas de operación, tiempos de precontratación, inspecciones, etc.

    Por eso necesitas una gestoría VTC que entienda no solo la legislación nacional, sino también la autonómica de tu región: Madrid, Cataluña, Andalucía, Comunidad Valenciana, etc. Una asesoría que no conozca estas normativas puede exponerte a sanciones, inmovilización de vehículos o pérdida de la licencia.

    5. Disponibilidad y atención personalizada

    Uno de los errores más comunes es contratar una gestoría muy grande, con procesos masificados, donde solo eres un número más.

    Una asesoría VTC efectiva debe ofrecerte:

    • Atención directa y rápida por correo o mensajería.
    • Asesoramiento personalizado.
    • Un gestor asignado que conozca tu caso.

    Evita aquellas que tardan días en responder o te derivan siempre a distintas personas.

    6. Acceso a plataformas digitales y automatización

    Hoy en día, muchas gestorías trabajan con aplicaciones y plataformas que permiten:

    • Subir facturas y tickets fácilmente.
    • Descargar informes fiscales o contables en tiempo real.
    • Firmar electrónicamente documentos.
    • Consultar vencimientos e impuestos desde una app.

    Una buena gestora de licencia VTC debe usar la tecnología para simplificarte la vida y reducir errores humanos.

    7. Transparencia en precios y servicios

    Es habitual que algunas gestorías ofrezcan precios muy bajos al principio y luego añadan costes ocultos por trámites adicionales, informes o gestiones no incluidas.

    Asegúrate de que te detallan claramente:

    • Qué está incluido en la cuota mensual.
    • Qué trámites tienen coste extra.
    • Qué servicios son opcionales o personalizados.

    Una buena asesoría VTC te lo explicará todo antes de empezar, sin sorpresas.

    8. Experiencia con autónomos y empresas del sector transporte

    La tributación de un conductor autónomo VTC no es igual que la de una sociedad limitada con flota. Tampoco se gestiona igual a un empleado que a un colaborador en régimen de alquiler de licencia.

    Busca una gestoría VTC con experiencia tanto con autónomos como con pymes del sector transporte. Esto es clave si en el futuro quieres crecer, contratar personal o transformar tu modelo de negocio.

    9. Asesoramiento proactivo, no reactivo

    Muchas gestorías se limitan a presentar impuestos sin analizar tu situación. Una gestora de licencia VTC de calidad te debe asesorar de forma proactiva:

    • Te avisa con antelación de los plazos fiscales.
    • Te recomienda estrategias de ahorro fiscal.
    • Te informa de subvenciones, deducciones y ayudas.
    • Te acompaña en inspecciones o requerimientos.

    Esa proactividad marca la diferencia a largo plazo. Cuando el asunto se complica, conviene además contar con asesoramiento jurídico y fiscal especializado.

    10. Buenas valoraciones y testimonios de clientes VTC

    Por último, no subestimes la opinión de otros clientes del sector. Busca reseñas en Google, redes sociales o foros especializados. ¿Esa asesoría VTC tiene buenas valoraciones de otros conductores? ¿Mencionan su rapidez, claridad y confianza?

    También puedes pedir referencias o casos reales. Un historial probado es la mejor garantía.

    Conclusión: tu gestoría VTC, un socio estratégico

    Tu actividad VTC necesita mucho más que una gestoría tradicional. Necesita un socio que entienda tu sector, se anticipe a tus necesidades y te libere tiempo y preocupaciones. Elegir una gestora de licencia VTC con experiencia, atención personalizada y dominio legal es una inversión que te ahorrará problemas y mejorará tus beneficios a largo plazo.

    Si estás buscando una asesoría que cumpla con todos estos puntos, empieza por comparar los despachos del directorio de gestoras de VTC y de asesorías especializadas.

  • Las VTC pueden tributar en módulos

    Desde hace ya varios años, una de las grandes desventajas de las VTC frente a los taxis ha sido la tributación por módulos. Mientras que los taxis tributan por el sistema de estimación objetiva, más conocido como módulos, en función de los kilómetros recorridos o el personal contratado, sin tener en cuenta los ingresos reales de la actividad, las VTC tenían que tributar por el sistema de estimación directa, esto es, ingresos menos gastos.

    Pues bien, diversas resoluciones de los tribunales económico-administrativos han indicado que esto no es así, y que las VTC tienen derecho a tributar igual que los taxis por el sistema de módulos, estimación objetiva.

    Existen múltiples consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos que manifiestan que el epígrafe de la actividad correspondiente a las VTC es el denominado transporte por autotaxi.

    La normativa que regula el sistema de tributación objetiva, módulos, incluye dentro de dicho sistema a determinados epígrafes de actividad, entre los que se encuentra el ya mencionado de transporte por autotaxi.

    La Agencia Tributaria siempre ha venido diciendo que, si bien las VTC tienen que darse de alta en el epígrafe de actividad de los taxis, el sistema de tributación no puede ser el de módulos, sino el de cualquier otro autónomo: ingresos menos gastos.

    No obstante, resoluciones de los tribunales económico-administrativos corrigen esta postura y vienen a manifestar que si el epígrafe de actividad de la VTC es el de los taxis, entonces también tienen derecho a tributar mediante el sistema de módulos.

    ¿Se está aplicando ya por Hacienda este sistema de tributación?

    La realidad es que la Agencia Tributaria no está conforme con esta interpretación y no la aplica de manera automática a las VTC. Pero en cualquier caso, los tribunales económico-administrativos así lo han interpretado y, salvo que haya un nuevo cambio de criterio, las VTC deberían tener derecho a optar entre tributar mediante estimación objetiva (módulos) o mediante estimación directa (ingresos menos gastos).

    ¿Me pueden sancionar por aplicar este criterio?

    Lo que sí parece claro es que, si bien la Agencia Tributaria podría mantener su criterio e imponer el mantenimiento del sistema de tributación actual, en ningún caso podría sancionar por haber aplicado el otro sistema, puesto que se basa en una interpretación razonable de la norma. Tan razonable que hasta los tribunales económico-administrativos, encargados de revisar las resoluciones de la Agencia Tributaria, así lo han interpretado.

    ¿Qué ahorro puede suponer este cambio de criterio?

    El hecho de tributar mediante estimación objetiva o estimación directa puede suponer una diferencia en la cuota a pagar muy cuantiosa para cualquier pequeño empresario del sector.

    Así, un vehículo que tribute en el sistema tradicional de estimación directa con un beneficio de 3.000 euros mensuales podría llegar a pagar al año unos 4.000 o 5.000 euros de impuestos, en función de la situación personal, el resto de ingresos y demás circunstancias.

    En cambio, ese mismo empresario, por el sistema de módulos —dado que no se tiene en cuenta el beneficio obtenido— no llegaría a pagar ni 1.000 euros. Hasta cinco veces menos tributando por un sistema que por otro.

    ¿Quién puede aprovecharse de este cambio de criterio?

    Es aplicable a cualquier empresario individual (autónomo) que disponga de una VTC. No es aplicable a las sociedades, ya que las empresas no pueden tributar en módulos, que es un sistema del IRPF, mientras que ellas tributan en el impuesto sobre sociedades.

    De igual manera, hay que tener en cuenta que la estimación objetiva no es compatible con tener otra actividad como autónomo que no esté acogida a esta tributación. Es decir, si se es abogado y se tiene una VTC, no sería aplicable el sistema de módulos, ya que ha de mantenerse el mismo sistema en todas las actividades y la abogacía no permite aplicarlo.

    Quienes sí son los grandes beneficiados son aquellos taxistas que, teniendo un taxi, deciden invertir en una VTC, puesto que podrían compatibilizar ambos negocios manteniendo el sistema de módulos, al estar ambas actividades comprendidas en la estimación objetiva.

    Este artículo es informativo y de carácter general. Antes de cambiar tu régimen de tributación, consúltalo con un profesional: puedes localizar despachos del sector en el directorio de asesorías especializadas y en inspecciones tributarias.

  • La venta de una licencia VTC o de taxi, sin vehículo, no lleva IVA

    El Tribunal Supremo manifiesta que la venta de una licencia de taxi, sin que se transmita junto a la misma un vehículo, es una operación no sujeta a IVA. En consecuencia, y en aplicación de dicho razonamiento y con base a los mismos fundamentos jurídicos, ocurre exactamente lo mismo en el caso de una VTC.

    La sentencia 2892/2020 de 10 de septiembre de 2020, emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo analiza a la luz de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, si la transmisión onerosa de una licencia de auto-taxi y del vehículo usado en la actividad que no era apto para seguir realizándola conforme a la regulación sectorial, en favor de un solo adquirente que continúa en el ejercicio de dicha actividad de transporte por auto-taxi, debe ser considerada como una operación sujeta o como una operación no sujeta al impuesto sobre el valor añadido.

    Pues bien, para sorpresa de todos, y al contrario de lo que desde hace décadas ha venido manifestando y aplicando la Agencia Tributaria, no es necesario transmitir conjuntamente con la licencia el vehículo para que se trate de una unidad económicamente independiente y con ello que se aplique la normativa por la cual se considera una operación no sujeta a IVA y, en consecuencia, no hay que pagar IVA por la transmisión de dicha licencia.

    ¿En qué consistía el caso de la sentencia?

    En el caso analizado en la sentencia se trataba de la transmisión de una licencia de taxi de Barcelona que, si bien se vendió conjuntamente con un vehículo, dicho vehículo no cumplía los requisitos del reglamento de transporte metropolitano para ser utilizado como taxi junto con la licencia.

    Esto hacía que la posición de la Agencia Tributaria fuera que la situación era la misma que si se hubiese transmitido sólo la licencia y, en consecuencia, debiera repercutirse IVA en la factura, al no tratarse de una unidad económica independiente.

    Como se recoge en el razonamiento de la sentencia, el tribunal entiende que el vehículo en el que se desarrolla la actividad, al margen de su valoración, no reviste interés desde el punto de vista empresarial, toda vez que lo esencial es la licencia, y es precisamente ésta la que forma el patrimonio empresarial del taxista, ya que es este título el que determina su actividad, de forma que, si se enajena la licencia, la realización de la actividad de taxista deviene imposible, aunque se conserve el vehículo, que pasará a ser un vehículo privado sin más especificación, mientras que, si se conserva la licencia, aunque se enajene el vehículo, la actividad puede volver a ejercerse actualizándola a través de cualquier otro.

    ¿Qué dice la normativa al respecto?

    La normativa fiscal de IVA marca que cuando se transmite una unidad económicamente independiente, entendiendo como tal, aquellos elementos susceptibles de generar el negocio por sí solos, la operación no está sujeta a IVA, es decir, no hay que repercutir IVA en la factura, y el comprador, en consecuencia, no tiene que abonarlo.

    Hasta ahora, en el mundo del taxi, se ha venido entendiendo que dicha unidad autónoma capaz de generar el negocio estaba constituida, al menos, por la licencia y el coche, que debían transmitirse juntos para poder realizar la venta sin pagar IVA. Producto de ello, todas las ventas que se realizaban únicamente de la licencia de taxi, incluían la repercusión de IVA y, en consecuencia, dicho IVA era pagado por el comprador al vendedor, que tenía que ingresarlo en la Agencia Tributaria.

    Pues bien, esta interpretación del Tribunal Supremo para el mundo del taxi, derivada de una sentencia de un tribunal europeo (el IVA es un tributo armonizado para toda Europa), reconoce que la transmisión únicamente de la licencia es una operación no sujeta y, con ello, no debe repercutirse el impuesto ni ingresarse en la Agencia Tributaria.


    ¿Compraste o vendiste una licencia de taxi o VTC abonando IVA?

    Si la operación se hizo repercutiendo IVA cuando no procedía, puede caber la devolución de lo ingresado. Tienes el detalle en recuperar el IVA de la venta de una licencia, y puedes localizar a un profesional del sector en el directorio de inspecciones tributarias.