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Perito judicial tributario: funciones y cómo elegirlo en el sector VTC

Mazo de juez y balanza de la justicia sobre una mesa

Un perito judicial tributario es el profesional que, por sus conocimientos técnicos y fiscales, emite un dictamen imparcial sobre una cuestión que un juez, un tribunal económico-administrativo o una de las partes necesita aclarar: cuánto vale una licencia, cómo se calcula una amortización, si un importe regularizado se corresponde con la realidad económica de la operación. En el sector VTC su intervención suele aparecer cuando una empresa o un conductor autónomo discute con la Agencia Tributaria, con un comprador o con un socio y la controversia no se resuelve con argumentos jurídicos, sino con cifras que alguien debe verificar y explicar.

Esa es la clave de la figura: el perito no litiga, no negocia y no defiende a nadie. Traduce a un lenguaje comprensible y contrastable aquello que requiere conocimientos especializados, y lo hace asumiendo una responsabilidad personal por lo que firma. Cuando se trata de la prueba pericial judicial, esa responsabilidad se formaliza mediante una promesa o juramento de objetividad ante el tribunal.

Qué es un perito judicial tributario y qué lo distingue de un asesor

El asesor fiscal acompaña a su cliente, le recomienda decisiones y, llegado el caso, defiende su postura frente a la Administración. El perito, en cambio, es llamado para dictaminar. Puede ser el mismo profesional quien ocupe ambos papeles en momentos distintos, pero nunca a la vez y en el mismo asunto: quien asesora una operación no debería ser quien la valore para el juez, porque su independencia quedaría comprometida.

La Ley de Enjuiciamiento Civil regula el dictamen de peritos en los artículos 335 a 352. El artículo 335 establece que se acude a este medio de prueba cuando son necesarios conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos para valorar hechos o adquirir certeza sobre ellos, y obliga al perito a manifestar que actúa con la mayor objetividad posible, tomando en consideración tanto lo que pueda favorecer como lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes. En los procedimientos tributarios, el artículo 106 de la Ley General Tributaria remite a la ley procesal civil en materia de medios y valoración de la prueba, salvo que la normativa tributaria disponga otra cosa.

Funciones principales del perito en un asunto fiscal

Aunque cada encargo es distinto, las funciones del perito judicial tributario se agrupan en cuatro grandes bloques:

  • Delimitar el objeto del dictamen. Antes de calcular nada, concreta qué se le pregunta, a qué fecha se refiere la respuesta y qué documentación necesita.
  • Analizar la información disponible. Revisa contratos, cuentas anuales, declaraciones, liquidaciones, extractos de plataformas y cualquier otro soporte, y deja constancia de lo que no ha podido comprobar.
  • Aplicar un método reconocido y explicarlo. Elige la técnica adecuada, justifica por qué la prefiere a otras y desarrolla los cálculos de forma que un tercero pueda reproducirlos.
  • Defender el informe cuando se le requiera. Ratificarlo en juicio o en vista, responder a las preguntas de las partes y del juez y aclarar los puntos oscuros, tal como prevén los artículos 346 y 347 de la LEC.

Dentro de ese marco, en el entorno VTC los asuntos más frecuentes son la valoración de autorizaciones y flotas, la determinación del valor de participaciones de sociedades titulares de licencias, el análisis de la deducibilidad de gastos de vehículos, el cálculo de ingresos de plataformas que la Administración considera no declarados y la cuantificación de perjuicios en conflictos entre socios.

Perito designado por el tribunal y perito de parte

La expresión «perito judicial» se usa con dos sentidos que conviene separar. En sentido estricto, es el perito que nombra el juzgado, ya sea a petición de una parte o de oficio cuando la ley lo permite. En sentido amplio, se aplica también al profesional que está inscrito en listas de peritos y que habitualmente interviene en procesos, aunque en un caso concreto sea la propia parte quien le encargue el dictamen.

Aspecto Perito de parte Perito designado judicialmente
Quién lo elige La parte que lo encarga El tribunal, por sorteo o por acuerdo de las partes
Cuándo se aporta Con la demanda o la contestación, como regla general (art. 265 LEC) Tras el auto o providencia que lo acuerda
Objetividad exigida La misma: debe declarar que actúa con la mayor objetividad posible La misma, con tacha posible por las causas legales
Valoración del tribunal Sana crítica (art. 348 LEC) Sana crítica (art. 348 LEC)

Ninguno de los dos tipos vincula al juez. Lo que otorga fuerza al dictamen no es quién lo encarga, sino la solidez de su método, la calidad de los datos y la claridad de su razonamiento.

Cuándo necesita un perito judicial tributario una empresa VTC

No todos los conflictos exigen un dictamen. Merece la pena plantearlo en estos escenarios:

  1. Cuando la Inspección cuestiona el valor declarado en una transmisión de licencias o de participaciones.
  2. Cuando se recurre una liquidación y la discusión es esencialmente cuantitativa, por ejemplo, sobre amortizaciones, provisiones o imputación de ingresos.
  3. Cuando una operación societaria, como una aportación de licencias a una sociedad holding, requiere acreditar valores razonables.
  4. Cuando dos socios discrepan sobre cuánto vale la empresa en una separación o una exclusión.
  5. Cuando una sucesión incluye una sociedad titular de autorizaciones y hay que respaldar el valor declarado.

Un ejemplo hipotético, con cifras ilustrativas que no corresponden a ningún caso real: una sociedad con ocho autorizaciones vende cuatro a otro operador. La Administración sostiene que el precio es bajo; la vendedora sostiene que dos de esas licencias tenían restricciones territoriales y un procedimiento sancionador abierto. Sin un dictamen, el expediente se llena de afirmaciones. Con un informe que identifique operaciones comparables, ajuste las diferencias y cuantifique el efecto del riesgo, la discusión pasa a ser técnica y verificable.

Cómo elegir al perito adecuado

La elección es una decisión estratégica, porque el dictamen pesa tanto como la persona que lo respalda. Conviene valorar, por este orden, los siguientes criterios:

Formación y experiencia en la materia concreta

La ley procesal no exige un título específico a quien emite un dictamen de parte, pero sí que tenga los conocimientos necesarios. En la práctica, un perito tributario debe acreditar formación fiscal y de valoración y, sobre todo, haber trabajado en procedimientos de comprobación e inspección. Conocer el sector VTC añade valor, porque permite identificar qué datos son relevantes y cuáles ruido.

Independencia y ausencia de conflictos

Un perito que ha asesorado la operación, que tiene intereses en la sociedad o que depende económicamente de que el resultado sea favorable no ofrece las garantías que el tribunal espera. Es razonable pedirle una declaración expresa de imparcialidad y de ausencia de conflictos antes de aceptar el encargo.

Capacidad para defender el informe en sala

Un informe brillante que su autor no sabe explicar ante un juez pierde casi todo su valor. Comprobar que el perito tiene experiencia en ratificaciones y en contrainterrogatorio es tan importante como revisar sus conclusiones previas.

Método transparente y documentación completa

Un buen perito explica qué ha hecho y por qué. En la colaboración con despachos y asesores se aprecia bien esta lógica: el dictamen debe encajar con la estrategia procesal del abogado sin que el perito renuncie a su criterio, y para ello es imprescindible que el método y las fuentes estén documentados desde el primer momento.

Claridad en el encargo y en los plazos

Antes de empezar, el alcance, la fecha de valoración, la documentación requerida, el calendario y los criterios de remuneración deben constar por escrito. Los plazos procesales no esperan, y un dictamen que llega tarde puede quedar fuera del procedimiento.

Qué conviene preparar antes de reunirse con el perito

Para que el primer contacto sea productivo, es útil llevar ordenada la documentación esencial: escrituras y contratos de compraventa, cuentas anuales de los últimos ejercicios, declaraciones tributarias, requerimientos o propuestas de liquidación recibidos, escritos de alegaciones presentados y cualquier comunicación con la contraparte. También es conveniente identificar con antelación los plazos que corren, porque de ellos depende el margen real de trabajo. Un perito serio dirá desde el principio qué puede y qué no puede concluirse con la información disponible.

Preguntas frecuentes

¿El perito judicial tributario tiene que ser abogado?

No. Lo relevante es que acredite conocimientos fiscales, contables y de valoración suficientes. Muchos peritos tributarios proceden del ámbito del asesoramiento fiscal, la economía o la auditoría, aunque trabajan en coordinación con abogados.

¿Puede el perito garantizar un resultado favorable?

No, y desconfiar de quien lo prometa es una buena regla. El perito se compromete a la objetividad, no al resultado. Su dictamen puede favorecer o perjudicar a quien lo encarga, y precisamente por eso resulta creíble.

¿Qué ocurre si el perito de la otra parte llega a una cifra distinta?

Es lo habitual. El tribunal valora ambos dictámenes conforme a las reglas de la sana crítica y puede apoyarse en el que le resulte más convincente o llamar a los dos peritos para que expliquen sus diferencias en la vista.

¿Se puede aportar un informe pericial en una inspección tributaria?

Sí. Forma parte de la documentación y las alegaciones que el contribuyente presenta durante el procedimiento. Cuanto antes se incorpore, más probable es que el actuario lo tenga en cuenta.

¿Cuánto cuesta un perito judicial tributario?

Depende de la complejidad del encargo, del volumen de información y del tiempo de dedicación, incluyendo, en su caso, la ratificación. Lo importante es pactar el presupuesto por escrito y comprender qué incluye.

Conclusión

El perito judicial tributario es una pieza de garantía: aporta objetividad técnica donde hay datos discutibles y permite que tribunales y Administración decidan con mejor información. Para una empresa VTC, elegirlo bien consiste en comprobar su cualificación, su independencia y su capacidad de explicar lo que firma. Si el conflicto ya está en marcha, una defensa fiscal con LRB permite coordinar el dictamen con la estrategia de alegaciones y recursos. Y para conocer el contexto en que suelen surgir estos conflictos, puede consultarse el artículo sobre recursos y litigios del sector VTC. Para quien necesita acreditar el cumplimiento de requisitos exigidos por terceros, también resulta útil conocer cómo se acredita el cumplimiento de requisitos mediante informe pericial.

Luis Miguel Larriba, perito judicial acreditado